entrepoliticos.com.mx
Información y análisis sin miedo a la verdad

Facultades del Código Fiscal de la Federación pone en desventaja a contribuyentes: Rafael Hernández…

SHCP controla y exige cumplir con obligaciones fiscales, por lo que se pidió al Senador Ricardo Ahued intervenga para modificar el artículo 41 del citado Código.

Por Irineo Pérez Melo

Xalapa, Ver., El Observatorio y Contraloría Ciudadano del Estado de Veracruz solicitó la intervención del senador Ricardo Ahued Bardahuil, integrante de la Comisión Permanente de Hacienda del Senado de la República, para modificar algunas facultades establecidas en el artículo 41 del Código Fiscal de la Federación, que resultan ventajosas para las autoridades hacendarias, al dotarlas de un control y exigir y conminar al contribuyente a cumplir con sus obligaciones, dejando de lado los créditos fiscales a los que tienen derecho.

Rafael Hernández Matías, vicepresidente jurídico del citado Observatorio expresó que, de persistir esta situación, el 20 por ciento de los contribuyentes menores, principalmente los pequeños comerciantes, corren el riesgo de sufrir embargos precautorios por esta situación, al no poder hacer frente a esos cobros que se les pretende hacer.

Fundamentó su petición en la tesis emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada el 3 de mayo del 2014, en donde se estableció que esas facultades no persiguen que ese crédito se termine cobrando, sino que se cumpla con la obligación de presentar la declaración anual.

“Sin embargo, el SAT determino créditos fiscales en todo el sexenio pasado y ahora está cobrándolos, están llegando al observatorio ciudadano el reclamo de los empresarios que están pasando por el procedimiento administrativo que pretende el fisco cobrarle, precisamente el crédito fiscal”, añadió.

Reiteró que la solicitud que se le plantea al senador Ricardo Ahued Bardahuil es que se modifiquen esas facultades y se propone que estarán condicionadas a que se haga la revisión y el que deba el crédito en esos términos, en la mayor o menor medida, la autoridad concluya determinando el crédito fiscal y que no lo cobre en forma estimada, o como se dice coloquialmente a ojo de buen cubero.

Por tal motivo, dio que también intervenga ante el Secretario de Hacienda y Crédito Público, para que estos créditos fiscales determinado provisionalmente, pero que el fisco está cobrando indebidamente, haciéndolos efectivos, se cancelen aún de oficio y en su caso, Hacienda, si está convencida, porque tiene muchos medios para llegar, si tiene sustento como determinó, que haga la auditoría para cobrar.

Y fue más allá al señalar que con las facultades informativas que tiene ahora, de fuentes bancarias y de proveedores, es imposible que la autoridad fiscal no conozca la capacidad contributiva o económica del contribuyente.

 

 

 

Los comentarios están cerrados.