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Mentira que se haya derogado el aborto, el Congreso del Estado solo disminuyó las penas por esta conducta antisocial: Valentín Olmos… 

Reforma penal establece penas de 15 días a 2 meses con trabajo comunitario; lo único que se deroga es la interrupción del embarazo por alguna lesión, ya no será sancionada, señala. 

Por Irineo Pérez Melo

Xalapa, ver., “Es mentira que se haya derogado el aborto en la entidad veracruzana, ya que esta conducta antisocial está sancionada por la ley vigente y la pena es mínima, al estipular una pena de 15 días a dos meses con trabajo a la comunidad, aseguró Valentín Olmos Alfonso, presidente de la Federación de Abogados del Estado de Veracruz.

En conferencia de prensa, el jurisconsulto aplaudió la derogación del artículo 152 de dicha norma, al reconocer la interrupción del embarazo por alguna lesión que sufra una persona que se encuentre gestando ya no será sancionada, y citó el caso de alguien que este embarazada y se caiga, ya no será responsable de ese suceso.

“Esto es lo único que se deroga, pero de ahí en fuera las conductas siguen aplicándose, son de verdad irrisorias, porque ahora son de verdad mínimas y la persona que despliegue esas conductas ya no irá a la cárcel, nada más hará un trabajo a favor de la comunidad de unos 37 días, esa es la pena que incurrirá la persona que realice esa interrupción o algún médico, que anteriormente le cancelaban su cédula por dos años al participar en un hecho de este tipo”, agregó.

Dijo que la difusión que se le dio a lo aprobado por los diputados el pasado martes, le causó sorpresa porque se manejó como la derogación del aborto, lo que no fue cierto, lo que se aprobó fue pensando en que, si se fuera a una controversia constitucional, no pudiese tener gran efecto, porque la conducta, la penalidad sigue vigente.

El aborto, indicó, está plasmado en el Código Penal, es decir, no es legal porque está sancionado, lo que se debía hacer era derogar la sanción, ahí sí aplicaría la acción de inconstitucionalidad.

Recordó que el Artículo Cuarto Constitucional dicta el respeto a la vida, pero al no ser penado por el Código Penal representa una controversia, por lo que “tendrían que analizar los legisladores en cuanto a esa controversia, qué tanto le va a afectar a la sociedad la interrupción del embarazo y esa vida que deben proteger».

En ese tenor, recalcó que, si los diputados de oposición interponen la acción de inconstitucionalidad, ésta no podría tener grandes efectos “porque el delito sigue existiendo: no está derogado; habría que ver cómo la plantearán, porque el artículo 4to dice que se debe respetar el derecho a la vida», añadió.

Exhortó a los legisladores que deberían agravar el delito por interrumpir el embarazo, contrario a lo que se votó este martes; pues antes ameritaba de 2 a 9 años de prisión y ahora sólo serán de 15 días a 2 meses y castigos mínimos como el trabajo a favor de la comunidad.

 

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